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PONENCIA AMENAZAS DE LA MINERIA EN EL PARAMO EL ALMORZADERO

PONENCIA
AMENAZAS DE LA MINERIA EN EL PARAMO EL ALMORZADERO Y PROCESOS DE RESISTENCIA DE LA COMUNIDAD
 
 
AUDIENCIA PUBLICA SOBRE PROYECTO DE LEY   No. 334 DEL 2008 DE REFORMA AL CODIGO MINERO.
 
Comisión de Vigilancia y Seguimiento para la protección del Páramo el Almorzadero.
 
UBICACIÓN  E IMPORTANCIA DEL  PARAMO EL ALMORZADERO
 
Las zonas de páramo constituyen gran parte de la región natural Andina, hacen parte del sistema de cordilleras de la zona Ecuatorial. Los páramos húmedos se encuentran solamente en Colombia, Ecuador y Venezuela.
 
Colombia posee 64% de la cobertura de páramos a nivel mundial, distribuida  en la cordillera Oriental, Central y Occidental y la Sierra Nevada de Santa Marta. Sin embargo su extensión total en el país es de aproximadamente el 1.3%
 
Los páramos cumplen funciones culturales y económicas las cuales dependen de las lógicas propias de los grupos humanos que las habitan. Así mismo prestan múltiples servicios ambientales y cumplen importantísimas funciones naturales, relacionadas con la capacidad de interceptar, almacenar y regular los flujos hídricos superficiales y subterráneos, lo cual le da el valor estratégico. En estos ecosistemas nacen ríos, fundamentales para la economía del país, el consumo humano, el abastecimiento de los centros urbanos, la producción agrícola e industrial y la generación hidroeléctrica.
 
La Provincia de García Rovira, en el departamento de Santander, presenta toda la variedad de pisos térmicos y predomina el clima frío en extensas zonas de Páramo. La temperatura varía desde los 26 grados centígrados a orillas del río Chicamocha hasta temperaturas de clima frío y de Páramo con promedios de 8 grados centígrados. Las mayores alturas con ecosistema de Páramo corresponden a los municipios de Guaca, San Andrés, Cerrito, Concepción y Carcasí.
 
 El Páramo El Almorzadero se sitúa entre los departamentos Norte de Santander y Santander. Este  ecosistema que cubre aproximadamente 104.094 Ha., lo que significa el 37.5% de la superficie total de la Provincia. En estos Páramos nacen quebradas, ríos y aproximadamente 31 lagunas, que alimentan las cuencas del río Servitá, afluente del río Chicamocha y los ríos Colorado, Taveta y Chachabrí afluentes del río Orinoco. Las aguas que nacen en los municipios de Cerrito, Guaca, San Andrés y Concepción, principalmente, conforman un sistema hídrico binacional. Así, la conservación y manejo sostenible de estos ecosistemas es de importancia estratégica para García Rovira, tanto como para Colombia y Venezuela.
 
ANTECEDENTES HISTORICOS DE LA RESISTENCIA A LA  MINERIA EN EL PARAMO EL ALMORZADERO
 
ü En los años 90 cuando la empresa minera CARBORIENTE  instaló 5 módulos para la explotación del carbón, se desataron varios debates por parte de la comunidad frente a las implicaciones que se dieron por la contaminación de las aguas, los problemas sociales y culturales generados a raíz de dicha explotación minera.
ü La comunidad concluyó que la decena de empleos que podrían ser generados por la minería, nunca reemplazarían lo que a través de la agricultura garantizaban el agua y la tierra. La relación cercana de ésta comunidad a la naturaleza, a la vida, a la tierra fortaleció este proceso de resistencia fundamentalmente campesina. Finalmente luego de meses de asamblea permanente de la comunidad, la empresa decidió retirarse de la región y archivar el proyecto carbonífero.
ü El Esquema de Ordenamiento Territorial del Municipio de Cerrito establece que la minería es un uso de suelo prohibido
ü A inicios del 2004 nuevamente se reanudaron las explotaciones de manera ilegal. En esta ocasión la comunidad respondió con igual entereza y puso alerta a las comunidades ambientales y municipales, logrando así mediante un Foro informativo disipar las dudas, corroborando la ilegabilidad de la explotación y dictando las medidas correspondientes.
ü A principios del 2006, conociendo de los intereses de la empresa por reanudadar la explotación minera, la comunidad solicita el desarrollo de un cabildo abierto para debatir las implicaciones de la minería en el páramo del Almorzadero.
ü  Como conclusión de este mecanismo de participación, jóvenes, adultos y todas las diversas organizaciones instaron al Gobierno Nacional a suspender cualquier propuesta o proyecto de explotación minera en el páramo el Almorzadero, señalando que los impactos negativos que se generarían.
ü Al final del Cabildo se crea una comisión para dar seguimiento a las          actividades relacionadas con la minería en la región.
 
Esta comisión esta conformada por diversas Instituciones,  organizaciones y entidades como:
-          Concejo Municipal de Cerrito.
-           Instituciones Educativas (Escuela Normal Sady Tobón Calle, Universidad Industrial de Santander- Sede Málaga)
-          Personerías Municipales (Cerrito, Málaga, San José de Miranda y Enciso)
-           Grupo Ecológicos (Remacol, Estudiantes Normal, Herederos del Planeta)
-          Grupos de Base (Asociación de Mujeres Campesinas, ANUC, ASOJUNTAS)
-            ONGs (COANDIS, CENSAT AGUA VIVA, CABILDO VERDE, CADISGAR, MOVIMIENTO ECOLOGICO NUEVO AMANECER, AGROVIDA, COMULDESPA, ADIMAGAR)
 
 
En el año 2006 la Comisión de vigilancia y seguimiento para la protección del Páramo el Almorzadero, de la mano con la comunidad y el apoyo de organizaciones del orden nacional e internacional han venido fortaleciendo el movimiento social de resistencia a la minería que llevan los campesinos del páramo por más de 17 años, mediante el desarrollo de diversas actividades de sensibilización, denuncia, logrando así el respaldo del Gobierno local y Departamental.
 
De esta manera se adelantan diversas actividades como:
 
 
ü Desarrollo de talleres y reuniones de análisis y discusión con las comunidades sobre las implicaciones de la minería en el páramo el Almorzadero, resaltado los siguientes motivos de rechazo:
 
AMBIENTALES:
 
SOCIOECONÓMICOS
CULTURALES
-          Perdida de biodiversidad.
-          Cambios geológicos.
-          Alteraciones Hidrológicas.
-          Contaminación Atmosférica.
-          Deterioro del paisaje.
-          Contaminación de cuencas hidrográficas perjudicando las principales actividades económicas como son la agricultura y la ganadería
-          La minería es una actividad insostenible, porque se basa en la extracción de recursos no renovables
 
- Expropiación de tierras
- Perdida del trabajo comunitario.
- Empobrecimiento.
- Esquilmacion del obrero.
- Agudización del conflicto armado.
- Problemas de Salud.
- Perdida de la seguridad alimentaria.
- Fragmentación del núcleo familiar.
 - Desplazamiento.
- Afectación de la salud de miles de pobladores por medio de la contaminación ambiental del aire y el agua
- Monopolio.
- Aumento en el costo de vida.
- La minería no generaría empleos representativos para las comunidades locales y no puede igualar a los empleos generados por la agricultura
 - Aportes insignificantes por regalías (reposan $75.000 por regalías totales de la explotación)
- Afectación en las formas de vida tradicional de las comunidades, la tranquilidad publica.
 - Desplazamiento de cientos de familias y la desmembración de la organización comunal.
- Desarraigo de la cultura.
- No existe vocación minera en la región
-     Pérdida de la cosmovisión.
- Perdida de autodeterminación.
- Cambios en las formas de sostenimiento.
- Corrupción y división entre las comunidades destruyendo la identidad y los valores comunales.
- Cambio de costumbres,.
- Incremento de los actos de corrupción y vandalismo en la zona, vicios (alcoholismo, prostitución), la apertura de bares
 
 
ü Jornada de Integración Regional por la Defensa del Patrimonio Ambiental de la Ecorregión del Chicamocha y el Páramo el Almorzadero. Gira de integración y de reconocimiento del paramo y el Foro titulado: defiende el paramo sustenta la vida, que condujo a la vinculación y suma al proceso de otras organizaciones institucionales y no Gubernamentales del orden departamental y nacional, permitiendo la sensibilización del problema a nivel nacional.
En esta jornada más de 800 jóvenes de la región se pronuncian frente a la defensa y garantía de sus derechos al ambiente, la identidad , la cultura y proclaman el agua como UN DERECHO FUNDAMENTAL.
ü Nueve alcaldes de la Provincia de García Rovira, solicitan al Presidente  de la República una moratoria frente a la actividad minera en el páramo el Almorzadero.
 
ü El proceso recibe el apoyo y acompañamiento de organizaciones de derechos humanos y ambientalistas de carácter internacional.
 
ü Encuentro de promesa con el paramo , realizado en el año 2007, donde participaron organizaciones  gubernamentales, ambientalistas, indígenas (Guambianos y Uwa), jóvenes, campesinos, comunicadores y habitantes de la región , que se dieron cita en el nacimiento del río Servitá, municipio de Cerrito – Santander, lugar de páramos, lagunas y aguas, para proteger este lugar sagrado de las comunidades y así declarar que:
 
 a) Rechazan la intención del gobierno nacional de reanudar la explotación   de carbón antracítico y la apertura nuevas licitaciones ubicadas en el páramo el Almorzadero.
 
 b. Apoyan la resistencia de las comunidades campesinas por más de 15 años frente al proyecto minero.
 
 c. Se reconozcan los derechos de las presentes y futuras generaciones de gozar de un ambiente sano sin atentar con su integridad
 
También hacen un llamado a los gobiernos y a las instituciones del sistema de las Naciones Unidas a que asuman políticas y mecanismos para garantizar el respeto y ejercicio pleno de los derechos humanos de las comunidades y eviten asumir programas que facilitan y legitiman las malas prácticas de la industria minera. 
 
 
 
ü IV Cumbre Ecológica de los pueblos en Defensa del paramo el Almorzadero
 Se llevó a cabo en abril del 2008, Se contó con la participación de más de 400 personas, la vinculación de otros procesos de resistencia minera a nivel Nacional,   la comunidad indígena Barí, organizaciones Venezolanas del Estado de Rubio.
Este evento motivó y garantizó la participación del Gobernador del Departamento HORACIO SERPA, quien fue enfático en DECIR QUE NO EXISTE RAZÓN PARA LA EXPLOTACIÓN DEL CARBON y GARANTIZAR EL ACOMPAÑAMIENTO EN ESTA LUCHA DESDE LA GOBERNACION.
ü Se inicia una articulación con otros procesos de resistencia a la minería a nivel nacional, fortaleciendo cada uno de ellos frente al objetivo de resistir a la explotación minera y defender los derechos de las comunidades y los ecosistemas.
ü Integrantes del Observatorio de Conflictos Mineros en América Latina- OCMAL.
ü SUSPENSIÓN DE LICITACIONES PARA EXPLORACION Y EXPLOTACION MINERA EN EL PARAMO EL ALMORZADERO. En el mes de septiembre de 2008, el director General del INGEOMINAS, haciendo lectura de este proceso de resistencia a la explotación minería el Paramo el Almorzadero expresa su posición frente al tema, ante los medios masivos de comunicación en el canal institucional—SEÑAL COLOMBIA, en entrevista que concediera a la reconocida periodista Judith Sarmiento, en el cual señala: “ Se ordenó la suspensión de toda licitación para la explotación minera del Carbón antracítico en el páramo el Almorzadero, por cuanto ello supone un área basta de páramo y reconoce este sistema como un área de especial protección.
  
ü APOYO A LA DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA EL ARTICULO 34 DE LA LEY 685 DE 2001 PRESENTADO A LA CORTE CONSTITUCIONAL EN AGOSTO DE 2008 POR LA GESAP (Corporación Gestión por los Intereses ambientales y Públicos), AIDA (Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente)  en coabyuvancia con CENSAT AGUA VIVA, el Proceso de Comunidades Negras – PCN y el Centro de Cooperación al Indígena – CECOIN.
La aplicación de este artículo atenta contra las zonas esenciales para la regulación hídrica, las cuales a su vez se constituyen como espacios de construcción social y cultural. Este artículo establece que se requiere de estudios técnicos que determinen si la actividad minera genera o no perjuicios a ecosistemas de especial importancia ambiental, como requisito previo para excluirlos de las obras de exploración o explotación. Así las cosas, en ausencia de un acto de exclusión, la actividad minera es posible sobre estos ecosistemas.
La demanda inicialmente interpuesta considera que los apartes impugnados del art. 34 del Código de Minas violan los arts. 2º, 8º, 58, 79, 80 y 93 de la Constitución Política.
 
 
ü PARTICIPACIÓN EN LA  CONFERENCIA INTERNACIONAL DE COMUNIDADES AFECTADAS POR LA MINERÍA Y EL FORO SOCIAL AMÉRICAS. Eventos  desarrollados en Guatemala Octubre de 2008
Estos eventos contaron con la con la participación de aproximadamente 4.000 delegados  de diversos países de América y una gran delegación de campesinos e indígenas de Guatemala, quienes denuncian los impactos negativos de la minería sobre sus territorios.
 
 Luego de socializar diversas experiencias sobre las afectaciones de la   minería en los distintos países se propiciaron algunos principios de partida para la construcción de una agenda unida regional para la articulación de movimientos y organizaciones, el fortalecimiento de estrategias con otras redes y movimientos nacional e internacional, la sistematización de los procesos de resistencia desde lo local, nacional e internacional; teniendo en cuenta que los impactos de la minería que se generan en comunidades locales se generan en otras comunidades y en otros países, que se ha dado una criminalización de la lucha popular, se han generado y agudizado los conflictos y divisiones sociales de las comunidades, las autoridades comunitarias y los gobiernos locales en las zonas de incidencia minera.
Por lo anterior las organizaciones presentes denuncian la responsabilidad del gobierno por la violación de los derechos colectivos de los pueblos al no aplicar normas internas e internacionales en materia de derechos humanos.
 
  EXIGENCIAS DE LA COMUNIDAD
 
       No compartimos el articulo 34 del presente proyecto de ley por presentar inconsistencias que no garantizan la preservación y protección del páramo porque:
      Este articulo abre la posibilidad de desarrollar obras de explotación en zonas de páramo si los estudios técnicos así lo determinan por lo cual es lesivo para nosotros
      La delimitación de las zonas de páramo no debe tener injerencia de la autoridad minera y deberá ser realizada exclusivamente por el Ministerio de Medio Ambiente.
      Incluir todos los humedales que tengan importancia regional y nacional,
Incluir acuíferos subterráneos y áreas de recarga de los mismos, adicionales a la lista de humedales de importancia internacional de la Convención Ramsar.
-          El parágrafo primero es muy lesivo para el páramo el Almorzadero, puesto que no lo excluye por presentar títulos mineros anteriores a la presente ley. Este parágrafo se debe eliminar.
       Que este articulo sea claro y prohíba rotundamente la explotación minera en zonas de páramo dada su importancia ambiental, socioeconómica y cultural para la comunidad.
      Que se respeten las normas jurídicas municipales que han sido motivadas directamente por la población que convive y protege el ecosistema  del páramo el Almorzadero.
      El páramo el Almorzadero a pesar de no estar delimitado   formalmente si lo está histórica, social y culturalmente por todas y cada una de las comunidades que tienen incidencia directa e indirecta sobre el mismo y los han caracterizado sobre el EOT.

RELOJ  
   
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WILLIAM BASTO ORTIZ

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